El presente Plan Nacional de Acción de Eficiencia Energética 2014-2020 responde a la exigencia del artículo 24.2 de la Directiva 2012727/UE relativa a la eficiencia energética, del Parlamento Europeo y del Consejo, que exige a los Estados Miembros de la UE la presentación de estos planes, el primero de ellos antes del 30 de abril de 2014, y a partir de ahí cada tres años. Este Plan es el primero de ellos.
30/04/2014 | 156 pág. | Acceso público |
Ministerio de Industria, Energía y Turismo |