El 9 de mayo de 2018 expiraba el ultimatum que la Unión Europea lanzó a España por no haber trasladado a la legislación nacional las disposiciones de la directiva sobre eficiencia energética. España no resolvió las dudas planteadas sobre esta disposición, por lo que, en marzo de 2019, la Comisión Europea denunció a España ante el tribunal de Luxemburgo.
La cuestión sin resolver era que España debía haber trasladado a la legislación nacional el artículo que obliga a instalar contadores de calor o agua caliente en los sistemas de calefacción, refrigeración o de agua caliente sanitaria en un edificio a partir de una red de calefacción urbana o de una fuente central que abastezca varios edificios.
El 10 de diciembre, se dictó sentencia por la que el Tribunal de Justicia declara que España ha incumplido la directiva de eficiencia energética por no haber adoptado en el plazo previsto todas las disposiciones nacionales necesarias para cumplir el artículo sobre medidores individuales.
Por otro lado, el fallo también añade que España reconoce que el Reglamento de sobre Instalaciones Técnicas en Edificios (RITE) tampoco prevé la instalación de contadores individuales o calorímetros para medir el consumo de cada radiador cuando no sea rentable o técnicamente viable la instalación de contadores individuales, como así exige la directiva.
>> El IDAE ha establecido un acuerdo de colaboración con un buen número de entidades financieras para complementar las subvenciones...
Seguir leyendo
>> Ignacio Inda, Director de Energía, Sostenibilidad, Eficiencia Energética, Energías Renovables y Edificios en EUROCONTROL,...
Seguir leyendo
>> Top 5 de los documentos más vistos y descargados de nuestra biblioteca durante el año 2020.
1....
Seguir leyendo