El 9 de mayo de 2018 expiraba el ultimatum que la Unión Europea lanzó a España por no haber trasladado a la legislación nacional las disposiciones de la directiva sobre eficiencia energética. España no resolvió las dudas planteadas sobre esta disposición, por lo que, en marzo de 2019, la Comisión Europea denunció a España ante el tribunal de Luxemburgo.
La cuestión sin resolver era que España debía haber trasladado a la legislación nacional el artículo que obliga a instalar contadores de calor o agua caliente en los sistemas de calefacción, refrigeración o de agua caliente sanitaria en un edificio a partir de una red de calefacción urbana o de una fuente central que abastezca varios edificios.
El 10 de diciembre, se dictó sentencia por la que el Tribunal de Justicia declara que España ha incumplido la directiva de eficiencia energética por no haber adoptado en el plazo previsto todas las disposiciones nacionales necesarias para cumplir el artículo sobre medidores individuales.
Por otro lado, el fallo también añade que España reconoce que el Reglamento de sobre Instalaciones Técnicas en Edificios (RITE) tampoco prevé la instalación de contadores individuales o calorímetros para medir el consumo de cada radiador cuando no sea rentable o técnicamente viable la instalación de contadores individuales, como así exige la directiva.
El Parlamento Europeo ha adoptado la Directiva revisada sobre emisiones...
Seguir leyendo
La comercializadora de energía ‘predica’ con el ejemplo y amplía sus medidas...
Seguir leyendo
La Fundación Biodiversidad del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto...
Seguir leyendo