El Consejo Europeo adopta el 25 de julio las nuevas normas para reducir el consumo de energía final a nivel europeo en un 11,7% para 2030, en comparación con las proyecciones de 2020.
La Directiva Europea de Eficiencia Energética ha sido adoptada formalmente y entrará en vigor en 20 días tras su publicación en el Diario Oficial de la UE.
El Consejo Europeo ha aprobado una nueva Directiva de Eficiencia Energética, con la que se han aprobado nuevos objetivos de ahorro energético para 2030, que irán acompañados de un mecanismo de control y cumplimiento para garantizar que los países de la UE cumplen con sus contribuciones nacionales y trayectorias.
Concretamente, los países de la UE deberán conseguir para 2030 ahorros energéticos de un 1,5% al año de media. Para ello, hasta finales de 2025 el ahorro energético anual comenzará en un 1,3% y alcanzará progresivamente el 1,9% en el último periodo hasta finales de 2030.
Los países de la UE tendrán flexibilidad para alcanzar este objetivo, que se traduce en un límite máximo de 763 millones de toneladas equivalentes de petróleo para el consumo de energía final y de 993 millones de toneladas equivalentes de petróleo para el consumo de energía primaria.
El límite de consumo para el consumo final será vinculante para los Estados miembros de forma colectiva, mientras que el objetivo de consumo de energía primaria será indicativo.
Aunque todos los Estados miembros contribuirán a la consecución del objetivo general de la UE, cada Estado establecerá su contribución y trayectoria nacional destinada a alcanzar el objetivo en sus Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima.
Cada uno de estos planes nacionales de energía y clima actualizados debían presentarse en junio de 2023, y los planes definitivos deberán presentarse en 2024. La fórmula para calcular las contribuciones nacionales a la consecución del objetivo será indicativa, y se admitirá una desviación del 2,5% con respecto a la fórmula.
La Comisión Europea calculará si la suma de todas las contribuciones permite alcanzar el objetivo del 11,7% y, de no ser así, pedirá correcciones de aquellas contribuciones nacionales que sean inferiores a las que se habrían derivado de la aplicación de la fórmula.
La fórmula se basa, entre otras cosas, en la intensidad energética, el PIB per cápita, el desarrollo de las energías renovables y el potencial de ahorro energético.
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